Rescatar el pasado

 

Dossier resumido de las principales líneas de trabajo desde nuestra creación.

     1. LITIGIOS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN

      Caso Freddo

      FREDDO INCORPORA A MUJERES A SU PLANTA

      La cadena de heladerías FREDDO se compromete a seguir cumpliendo con el principio de igualdad y no discriminación de género.

      El litigio y el acuerdo:

      El litigio “Fundación Mujeres en Igualdad (M.E.I.)/ Freddo”, iniciado hace casi una década, concluyó satisfactoriamente para ambas partes a través de la firma de un convenio en el que la cadena de heladerías se compromete a seguir cumpliendo con el principio de igualdad y no discriminación de género en su dotación de personal. El caso, llevado por la Clínica Jurídica de la Universidad de Palermo, se inició en 1999 cuando se comprobó que Freddo contrataba casi exclusivamente a hombres. M.E.I. no representaba a una persona en particular sino a un grupo de interés público: el de las mujeres que no podían presentarse ni competir para obtener un trabajo en la cadena de heladerías. Esto era posible porque la Constitución de 1994 habilitaba la “acción de clase”.

      El fallo:
      Los jueces de la causa, Claudio M. KIPER y Jorge GIARDULLI dictaminaron que FREDDO S.A. debía contratar, en el futuro, sólo a personal femenino hasta compensar en forma equitativa y razonable la desigualdad producida. El fallo que plantea la disyuntiva “discriminación de género versus libertad de empresa” constituye una lección de jurisprudencia no sólo a nivel de Argentina sino internacionalmente.

      Fallo completo

      Reviste singular importancia para los jueces – y evidentemente para nosotras - lo dispuesto por el art. 11 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer: “Los Estados adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo con el fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos, en particular: a) El derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano; b) El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplicación de los mismos criterios de selección, en cuestiones de empleo (...)”. Además de la CEDAW, el fallo menciona la Declaración sobre la igualdad de oportunidades y trato para las trabajadoras de la OIT (1975), así como el inc. 19 del art. 75, apartado 3º de nuestra Constitución, que dispone que el Congreso debe sancionar leyes que consoliden "...la igualdad real de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna...". Asimismo se citan casos de los EEUU, de España, del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, de la Corte Constitucional Federal de Alemania, etc..

      En 1999, la cadena tenía 646 hombres sobre un plantel de 681 empleados. A partir de la sentencia empleó a 106 hombres y 27 mujeres. En consecuencia, en 2004, el juez aplicó a la firma una multa de $ 4.000 por discriminación laboral más 300 pesos adicionales por cada día que siguiera desoyendo la sentencia. Un año después, si bien habían contratado un alto porcentaje de mujeres, no pertenecían a la planta estable, sino que eran temporarias. La historia cambia en el informe que cubre octubre 2006 a septiembre 2007: el porcentaje de mujeres alcanza alrededor del 49%. Es importante señalar que Freddo había pasado del Exxel Group a manos del Fondo Pegasus, y que la firma también se había renovado, a través de un nuevo gerenciamiento.

      El convenio:

      A partir de esa instancia se inician reuniones en las que, además de la Clínica, participan Freddo (el gerente general y el de recursos humanos), el abogado que los representa y M.E.I.. El objetivo de estas reuniones que se extendieron a lo largo de un año era poder firmar un acuerdo entre FREDDO y M.E.I.. Tras varios meses, se llegó al acuerdo que se rubricó en la Justicia. Los puntos más relevantes del convenio final, firmado el 3 de abril 2008, son: Freddo S.A. se compromete a cumplir con lo establecido por los tratados internacionales de derechos humanos, la Constitución Nacional y en particular por los artículos 17, 81 y 172 de la Ley de Contrato de Trabajo sosteniendo el principio de igualdad y no discriminación tanto al seleccionar, iniciar, desarrollar y extinguir el contrato o relación de trabajo como al distribuir los puestos de trabajo, respetando el principio de igual remuneración por tarea de igual valor; Freddo S.A. se compromete a informar a M.E.I., a más tardar el 31 de marzo de cada año, la evolución de la dotación de su personal por género; Freddo S.A. continuará manteniendo una composición equitativa y razonable de su dotación de personal en lo relativo a género, comprometiéndose a hacer sus mejores esfuerzos para mantener la igualdad de oportunidades en igualdad de condiciones. En cuanto a M.E.I.: la actora se compromete a no comunicar o utilizar el presente acuerdo de forma en que transmita una imagen que desvalorice o que sea peyorativa respecto de Freddo S.A. (Bajar acuerdo en PDF)

      Caso Instituto Romero Brest

      Instituto de Educación Física N°1
      Dr. Enrique Romero Brest

      Condenan al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en un amparo por discriminación.

      La juez Graciela Beatriz Dalmas, titular del Juzgado Contravencional
      N° 4 del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar a un amparo y condenó al Gobierno de la Ciudad “a que cese de inmediato en la práctica de ofrecer menor vacantes para mujeres que para hombres en las carreras de ´profesor/a´ y ´maestro/a´ de Educación Física del Instituto de Educación Física N°1 Dr. Enrique Romero Brest...condenando a la accionada a que en los futuros llamados a examen asegure una igual cantidad de plazas para ser cubiertas para varones como para mujeres...y publique en los medios de comunicación de esta Ciudad y del Gran Buenos Aires, la modificación de su  política de ingreso”.

      La Fundación de Mujeres en Igualdad, con la asistencia jurídica de la Clínica Jurídica de la Universidad de Palermo interpuso una acción de amparo en la que denunció una práctica discriminatoria contra las mujeres en el Instituto de Educación Física N° 1, “Dr. Enrique Romero Brest”, dependiente de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

      El Instituto asigna un 15% más de vacantes para hombres que para mujeres para que puedan graduarse de profesor o maestro de educación física. Así, asigna 90 vacantes para mujeres y 60 para hombres a la mañana, 90 para hombres y 60 para mujeres a la tarde y 60 vacantes para varones y 30 para mujeres, a la noche. Es decir, ofrece, en total, 210 vacantes para hombres y 180 para mujeres. Este año las inscripciones comienzan el 13 de noviembre y deberán ajustarse a lo dispuesto por la magistrado; es decir, deberá haber la misma cantidad de vacantes para hombres y mujeres en el turno de la noche.

       La sentencia establece, entre otras cosas, que “el déficit en los derechos de las mujeres aspirantes a las carreras docentes que ofrece el Instituto está dado por el rol estereotipado al que reducen la oferta de asignaturas en el plan de estudios, destinando a aquellas solamente las actividades deportivas consideradas tradicionales para las mujeres”.

      “...Es difícil imaginar que a principios del siglo XX una mujer se atreviera a dictar clases de gimnasia en un ambiente académico poblado de hombres. A un siglo de ello aún es necesario declarar que no hay actividades de hombres y de mujeres. El encasillamento habita en las anquilosadas estructuras que aún no han receptado la reforma constitucional de 1994 y el nuevo estatuto local de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...”.

      La juez cita el voto del Ministro Petracchi en el fallo de la Corte Suprema del Colegio Monserrat de Córdoba, en el que dice que “quienes intenten defender una acción gubernamental que impone categorías, clasificaciones o exclusiones basadas en sexo, deben demostrar una ´justificación´ (de dicha acción) sumamente persuasiva. Los actos gubernamentales (federales o estaduales) no son compatibles con la ´Equal Protection Clause´ cuando una ley o una política oficial niega a la mujer, un rango de plena ciudadanía, es decir la oportunidad ˆigual a la del hombre- para participar y contribuir al desarrollo social de acuerdo a sus talentos y capacidades...”.

      Para más información contactarse con la Clínica Jurídica de la Universidad de Palermo -Dr. Martín Bohmer, Decano de la Facultad de Derecho, Dres. Mariela Puga, Gustavo Maurino, Ezequiel Nino, o Virginia Menendez): tel 4963-1178 , internos 1207 y 1214.

      2. LEY TALLES

      • Monitoreo de la LEY DE TALLES: En 2007, integrantes de MEI y alrededor de 30 representantes de ONG, acompañadas por periodistas (gráficas, de TV y radiales) nos reunimos en UNICENTER (Partido de San Isidro) para monitorear la LEY DE TALLES de la Provincia de Buenos Aires (Ley 12665 - Decreto 866 - Ley Provincial 13.133- Disposición No. 888). Hicimos fichas por cada negocio consultado y pudimos comprobar el incumplimiento de la ley.
      • 2009 - Clarín Mujer organiza el primer desfile “Mujeres Reales”.

      E.I.fue asesora para leyes nacional/provinciales de talles y siguió organizando campañas de difusión. Actualmente existen 12 leyes sancionadas y promulgadas por gobiernos provinciales y municipales.

      2012 - Jornada “CUERPOS DISCRIMINADOS” en el Hotel Sheraton, patrocinado por la Embajada de Canadá a través de 4 paneles:

      Panel 1: Diálogo sobre las mujeres y los deportes: Marta Antúnez, Lorena Jaimerena y Alejandra Castiñeira de Dios. Coordinación: Hebe Molinuevo. 

      Panel 2: Cuerpos atrapados: Mónica Katz, la médica nutricionista de la NO Dieta; Diana Maffía, filósofa; Fabiana Barreda, artista visual; Silvia Zubiri, directora de Fundación Avon, desentrañaron el mensaje que subyace la moda, la imagen, las dietas, los desórdenes alimentarios (anorexia, bulimia), las cirugías plásticas; la salud, las sexualidades.

      Panel 3: La ley, los cuerpos, los talles: Diputadas Ma. Luisa Storani (UCR); María Elena Chieno (FPV); Virginia Linares (GEN); Laura Alonso (PRO), Facundo Di Filippo, legislador m.c. (ARI).

      Panel 4: La tiranía de la moda y la liberación del cuerpo: diseñadoras/es y artistas plásticas proponen nuevas estéticas y comparten sus posiciones sobre la Ley de Talles. Andrea Saltzman, FADU, UBA, Mariana Szwarc, (SalSiPuedes), Mariana Urtasun  (Jade)

      ¿Qué pasa actualmente con la LEY NACIONAL DE TALLES en Argentina?

       La Ley N° 27.521 establece que la totalidad de la indumentaria deberá ser fabricada, confeccionada, comercializada e importada de conformidad con el Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI). Limita el problema a la falta de estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria. Este es sólo uno de los aspectos de un tema muy complejo.

      Desde Mujeres en Igualdad dudamos que se logre solucionar a través de esta ley, que complejiza todos los aspectos,  la falta de talles para una gran parte – la mayoría, nos atrevemos a decir- de la población, y no sólo femenina.

      Abandonando las sencillas Normas IRAM (normas técnicas del Instituto Argentino de Normalización y Certificación) se propone el costoso SUNITI, un escáner 3D, que genera una imagen virtual del cuerpo completo en un lapso de entre 10 y 15 segundos mediante 16 cámaras infrarrojas que pueden realizar hasta 400 mediciones con un solo escaneo. Después de años de mediciones (el INTI las realiza desde 2014) se han logrado 10.000 mediciones pero aún no han concluido: se espera llegar a las 14.000. Y se propone un Consejo Técnico ad honorem cuya función será examinar y pronunciarse, a pedido de la Autoridad de Aplicación, sobre cuestiones referentes a la implementación y difusión de dicho sistema, sin efecto vinculante" constituido por representantes de la autoridad de aplicación, de las cámaras vinculadas a la indumentaria, de ONG, de asociaciones de consumidores, profesores/as universitarias de carreras de diseño de indumentaria o textil, del Ministerio de Salud, del INADI, del INTI.

      Se calcula que la ley será de cumplimiento efectivo recién en 2023.

      La mayor DIFICULTAD PREVISTA, según la experiencia de MEI es lograr que  las autoridades a cargo de controlar el cumplimiento de la ley, asuman plenamente sus responsabilidades.

      2015 – Radio

      “MUJERES EN IGUALDAD” en AM 970 RADIO GÉNESIS. Auspiciado por Fondo Canadá y MEI, invita a celebrar la palabra para descubrirnos en la igualdad.

      Staff: Lorena Jaimerena (conducción), Monique Altschul y Viviana Devoto (panelistas). Silvia Ferraro (producción general). Operación técnica Aidé Asagra. Cronista Myrtha Schalom
      Un espacio de radio con estilo propio. Voces de mujeres que convocan a la creación, empecinadas en iluminar la realidad que nos circunda, para hablar de temas que nos atañen como: empoderamiento, derechos humanos vulnerados, acceso a la Justicia, noviazgos violentos, prostitución, trata de personas, diversidad y discriminación, dándole lugar al pluralismo de ideas de todas y todos.

      3. La Paridad

      2015 – CONVERSATORIO INTERNACIONAL: Campaña Trinacional Argentina/Paraguay/Uruguay: «Del cupo a la paridad»con la participación de: desde Argentina la legisladora Virginia González Gass, PSA, co-autora del proyecto de  Ley Paridad en la CABA; Mariana Caminotti, investigadora sobre leyes de cuotas y paridad, UNSAM/CONICET; desde Paraguay, Lilian Soto, ex presidenta de la junta municipal de Asunción y ministra de la función pública del Paraguay; candidata a la presidencia de la República del movimiento político feminista y socialista Kuña Pyrenda; desde Uruguay, Soledad García Muñoz, coordinadora de la Oficina Regional del IIDH para América del Sur.

      Coordinadora: Silvia Augsburger, diputada nacional m.c. por PS. Comentarista: María Luisa Storani, diputada nacional m.c. por UCR. En la Embajada de Canadá

      2018 – 2019 – MEI y apoyó la Ley  Nacional de Paridad e invitó a varios desayunos a exponer a integrantes del OJO PARITARIO.

      LOS DERECHOS LGBTIQ+

      4. LOS DERECHOS LGBT

      Concurso internacional de fotografía digital “Género y diversidad sexual: por los derechos de tod@s” para estudiantes de escuelas secundarias, carreras terciarias o universidades, de entre 13 y 25 años.

      Jurado: – Lic. Erica Koleff; Marcos López; Lic. Claudia Mandel; Dra. M. Laura Rosa. Primer premio (libro de Nan Goldin, El patio del diablo, Phaidon 2005) a María Fernández Gonzalez Pardo, de Panamá; Segundo Premio (libro de Valeria González, Fotografía en la Argentina: 1840-2010, ediciones Arte x Arte, 2011) a Teresa Bracamonte Novella, de Perú; Primera Mención a Felipe Romero, de Colombia; Segunda Mención a Duiren Wagua López, de Panamá; Tercera Mención a Francisca Pastene Lawrence, de Chile.

      Fotos premiadas: en la web del Museo de la Mujeres de Costa Rica

      CONVERSATORIO INTERNACIONAL:  «Los Derechos LGBT»

      En la Embajada de Canadá, intercambiaron opiniones las siguientes expertas: desde Washington D.C, Fanny Gómez Lugo, Relatoría sobre derechos de las personas LGBTI de la CIDH de la OEA. Desde Buenos Aires: Graciela Di Marco, Directora de la Maestría en Derechos Humanos y Políticas Sociales, Escuela de Humanidades, UNSAM; Lohana Berkins, titular de la Oficina de Identidad de Género y Orientación Sexual del Consejo de la Magistratura; Viviana Noemí Devoto, directora del Centro Municipal de la Mujer «Diana Staubli»  de Vicente López; Fabiana Bellini, Integrante del Instituto de los Derechos de la Mujer del Colegio de Abogados de San Isidro, asesora en género y ética del Comité de Docencia e Investigación de Tigre.

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